JEP confirmó condena a exintegrantes de último secretariado de las FARC por crímenes de guerra y de lesa humanidad
Es una decisión de segunda instancia.
La Sección de Apelación del Tribunal para la Paz de la JEP ratificó sentencia condenatoria en contra del último secretariado de la extinta guerrilla de las FARC.
Contra la decisión de primera instancia, indicó la JEP, se formularon 52 cuestionamientos por parte de víctimas, organizaciones de víctimas y el Ministerio Público y 17 por parte de los comparecientes sancionados.
En la sentencia de segunda instancia que hoy se publica prosperaron muchos de esos reproches. El Tribunal revocó, modificó y confirmó parcialmente distintos resolutivos de la decisión de primera instancia. Asimismo, sienta dos precedente decisivos para las sentencias por venir en los 11 macrocasos que adelanta la JEP.
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“En su decisión sobre el macrocaso 01, la Sección de Apelación confirmó y ajustó la declaratoria de responsabilidad penal de los siete miembros del último del Secretariado de las FARC, a los señores Rodrigo Londoño Echeverry, último comandante y coordinador del Bloque Magdalena Medio; Jaime Alberto Parra Rodríguez, excomandante del Bloque Oriental; Milton de Jesús Toncel Redondo, comandante del Bloque Sur”, detalló la JEP.
Así mismo fueron condenados “Pablo Catatumbo Torres Victoria, comandante del Bloque Occidental; Pastor Alape Lascarro, comandante del Bloque Magdalena Medio; Julian Gallo Cubillos, comandante del Frente Urbano Antonio Nariño y miembro del Bloque Oriental; y Rodrigo Granda Escobar, conocido como el canciller de las FARC”.
La Sección de Apelación ratificó la investigación de la Sala de Reconocimiento de Verdad en la que se estableció que las víctimas sufrieron de secuestro de las extintas Farc-EP padecieron condiciones infames de cautiverio, tortura, violencia sexual, humillación extrema y… pic.twitter.com/Ftf10cNBJb
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) July 1, 2026
Indicó la JEP que los “declaró responsables como autores mediatos por dominio del aparato organizado de poder en que se convirtió la guerrilla, por los los crímenes de guerra de toma de rehenes y homicidio, así como por los crímenes de lesa humanidad de privaciones graves de la libertad, asesinato y desaparición forzada”.
Asimismo, “la Sección encontró que 5 de los 7 condenados también son penalmente responsables, por el mando que ejercían sobre la estructura armada y por no haber evitado la comisión de los crímenes de guerra de tortura, tratos crueles, atentados contra la dignidad personal, violencia sexual y desplazamiento forzado, así como por los crímenes de lesa humanidad de tortura, violencia sexual, desplazamiento forzado y otros actos inhumanos”.
La condena de segunda instancia incluyó 35 propuestas restaurativas propuestas para la sanción.
“La efectividad de la sanción propia significa que para los 6 a 8 años de sanción impuesta deben determinarse con precisión en la sentencia los trabajos y actividades a realizar, que estos se orienten a restaurar a las víctimas y que tengan relación con los daños causados por el secuestro, o bien de manera amplia en el conflicto armado”, detalló la JEP en un comunicado.
Destacó que “la sentencia destacó que el reconocimiento de verdad y responsabilidad por parte de los comparecientes máximos responsables y las sentencias judiciales, se sustentan en el procedimiento dialógico, un mecanismo plural y colectivo de recolección de pruebas y búsqueda de la verdad, y en la acción proactiva del juez que asegura su depuración y contrastación progresivas, hasta la consolidación de un acervo probatorio suficiente para imponer la sanción transicional”.